"Areas de Trabajo"

PREVENCIÓN RIESGOS

En aspectos generales se entiende por seguridad laboral, la aplicación de conceptos de seguridad y la actitud pro-activa del trabajador para realizar su labor de manera óptima, alineado a los requerimientos de la empresa y de la prevención de riesgos.

Tanto las instituciones y las empresas subcontratistas, como los trabajadores de la Federación Gremial de Organizaciones de Pescadores Artesanales del Puerto Pesquero de Lebu, están preocupados por la seguridad laboral de sus trabajadores, para ello rigen sus acciones y prevención por la Ley 16.744 “Sobre accidentes del trabajo y Enfermedades profesionales”. Ésta proporciona los lineamientos generales a las empresas respecto de cuáles son los elementos de seguridad que deben entregar a sus trabajadores, de acuerdo a las labores a desarrollar.

La Autoridad Marítima es la encargada de controlar el uso de estos elementos, así como la fiscalización en el cumplimiento de las normas de seguridad, sin perjuicio de lo anterior, la Federación Gremial de Organización de Pescadores Artesanales del Puerto Pesquero de Lebu fiscaliza las actividades desarrolladas dentro del recinto portuario y el cumplimiento de las normativas de prevención de riesgos.

Para dar cumplimiento al plan de seguridad laboral y de prevención puesto en práctica por la Federación Gremial de Organización de Pescadores Artesanales del Puerto Pesquero de Lebu en el quehacer portuario, los trabajadores de instituciones atingentes, operadores de grúas y trabajadores de la Federación deben utilizar los elementos básicos de protección para realizar sus actividades al interior del puerto pesquero artesanal. Estos son:

  • Zapatos de Seguridad
  • Casco de Seguridad
  • Guante de Seguridad
  • Chaleco Reflectante

Federación Gremial de Organización de Pescadores Artesanales del Puerto Pesquero de Lebu ha venido desarrollando un programa de prevención de riesgos que se rige bajo la legislación vigente asesorado por el Organismo Administrador (ACHS).